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Documentos Privados

Autorizaciones Compraventas de Vehículos Declaraciones Juradas Finiquitos Poderes

¿Qué es un instrumento o documento privado?

Son aquellos documentos que dan cuenta de un acto o contrato, expresando la voluntad de las partes, y que no revisten las formalidades de un instrumento público o escritura pública. Su característica principal es que no se archivan en el oficio, a diferencia de las escrituras públicas, por lo tanto, las partes otorgantes los retiran para los fines que han sido otorgados.

Corresponden a este tipo de documentos poderes, declaraciones juradas, autorizaciones de viaje, salvoconductos, aceptación de letras o suscripción de pagarés, compraventa de vehículos motorizados, promesas de compraventa, entre otros.

Pueden ser otorgados como instrumento privado, todo tipo de actos o contratos, salvo aquellos en que la ley exige la solemnidad de la escritura pública, como por ejemplo la compraventa de inmuebles.

notaria@notariaelquisco.cl

1. Conducción para menores de edad

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del padre y/o la madre declarante con cédula nacional de identidad vigente.
– Certificado de nacimiento del menor para todo trámite.

MARCO LEGAL
Los menores de edad mayores de 17 años pueden conducir junto a una persona con al menos 5 años con licencia, siempre que cumplan ciertos requisitos y alguno de sus padres lo autorice ante un ministro de fe.

2. Laboral para menores de edad

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del padre o madre con cédula nacional de identidad vigente.
– Certificado de nacimiento del menor para todo trámite.

MARCO LEGAL
La norma laboral autoriza excepcionalmente a los menores de 18 años y mayores de 15 años a celebrar contratos de trabajo sólo para realizar trabajos ligeros que no perjudiquen su salud y desarrollo siempre que cuenten con autorización expresa del padre o madre.

3. Salida para vehículos

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del propietario del vehículo con cédula de identidad vigente.
– Certificado de anotaciones vigentes del vehículo del día del trámite SIN prendas ni prohibiciones.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.
– Certificado de anotaciones vigentes del vehículo del día del trámite SIN prendas ni prohibiciones.
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.);
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DÍA: certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
La autorización de salida para vehículos permite que un tercero salga del país con el vehículo a un país extranjero durante un período determinado.

4. Uso comercial del domicilio

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del propietario (mayor de 18 años) con cédula de identidad vigente.
– Acreditar propiedad del inmueble (copia de inscripción de dominio vigente con fecha de emisión máxima de 30 días).

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: Certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.)
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DÍA: certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Motivo por el cual el propietario desea autorizar esto (confianza en arrendatario).

5. Viaje para menores de edad

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del padre y/o madre con cédula nacional de identidad vigente si el menor viajará con una persona distinta a ellos. La autorización puede ser otorgada por ambos padres actuando separadamente (a).
– Si el menor viajará fuera del país con la madre, es el padre quien otorga la autorización y viceversa.
– Certificado de nacimiento para todo trámite.
– Menores de edad extranjeros requieren la partida de nacimiento apostillada.
– Si los abuelos o terceros tienen el cuidado personal del menor deben acreditarlo con el certificado de nacimiento, el que debe tener la anotación sobre quien detenta el cuidado personal del menor (b).

MARCO LEGAL
El Artículo 49° de la Ley 16.618, define a quienes están facultados para que un menor de edad abandone el país. Este documento permitirá que un tercero distinto de sus padres, quede en custodia del menor y así poder salir del país.

6. Visita para menores de edad

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del padre/madre/tutor con cédula nacional de identidad vigente.
– Certificado de nacimiento del menor para todo trámite

MARCO LEGAL
El Artículo 52 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, señala que pueden asistir a las visitas familiares los hijos menores del interno y/o de su cónyuge o pareja, acompañados del adulto a cuyo cuidado se encuentren, prohibiéndose el ingreso de cualquier otro menor. Este documento permitirá el ingreso a la visita del menor.

1. Aceptación (finiquito de seguro) Documento no redactado en esta notaría

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del aceptante con cédula de identidad vigente.
Finiquito original entregado por la aseguradora.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DIA: Certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
El finiquito de seguro es un documento ante notario donde se estipulan las condiciones de cierre de un siniestro, donde se detallan los montos de indemnización y se confirma la renuncia de acciones posteriores dada dicha indemnización.

2. Aviso de término de arriendo de un inmueble

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del arrendador o arrendatario con cédula de identidad vigente.
– Copia autorizada del contrato de arrendamiento que se quiere dejar sin efecto.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DIA: Certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Los contratos de arriendo establecen un plazo de duración, pero en ciertas circunstancias dicho plazo no puede cumplirse, por lo que se otorga la facultad al arrendatario o al arrendador de poner término anticipado a este contrato a través de un aviso de “término de contrato”.
IMPORTANTE: El oficio sólo se encarga de redactar la carta de aviso de termino de contrato, pero NO de su envío por correo certificado, lo cual debe ser realizado por el requirente.

3. Invitación a extranjeros

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad chilena vigente.
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad chilena expirada, con el comprobante de renovación de visa verificable electrónicamente, siempre que en tal documento se indique C.N.I.E. expirada.
– Comparecencia personal del declarante con pasaporte extranjero vigente.

MARCO LEGAL
Documento solicitado a extranjeros, en el cual una persona natural invita a un extranjero, para que éste pueda tener un ingreso expedito al país.

4. Renuncia voluntaria

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del trabajador que renuncia con cédula de identidad vigente.
– Datos del empleador: en el caso de empresas, su Rut y razón social.

MARCO LEGAL
El N° 2 del artículo 159 del Código del Trabajo define las formalidades requeridas para dar término al contrato de trabajo por parte del dependiente. Este documento permitirá generar una carta de renuncia voluntaria, la que será válida para presentar ante el empleador.

1. Vigencia laboral (antigüedad laboral)

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del empleador o representante legal de empleador con cédula de identidad vigente.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DÍA: certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Con este documento el empleador podrá generar una declaración jurada que certifica la antigüedad laboral del dependiente, su puesto de trabajo y su renta.

1. Arrendamiento de un inmueble (habitacional o comercial)

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del arrendador, arrendatario y aval (si corresponde) con cédula de identidad vigente.
– Si el contrato es redactado por minuta externa, no se solicita copia de inscripción de dominio vigente.
– Si el contrato se redacta en el Oficio, SE EXIGE Copia de inscripción de dominio vigente (vigencia de 30 días)
– Se firmarán 2 copias, una para cada parte, adicionalmente, copia con F.E.A.

IMPORTANTE: Se recomienda que las condiciones del contrato estén negociadas por las partes con anterioridad.

IMPORTANTE: Si este contrato de arriendo es mayor a 5 años y el arrendador (dueño de la propiedad) está casado en sociedad conyugal, éste debe tener la autorización del cónyuge (redacción en el oficio o por las partes)

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: Certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DIA: Certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
El contrato de arrendamiento es un contrato en el que una persona natural o jurídica (arrendador), se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa mueble o inmueble a otra (arrendatario), quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y determinado.

2. Arrendamiento de un vehículo motorizado

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del dueño del vehículo con cédula de identidad vigente.
– Comparecencia personal de arrendatario con cédula de identidad vigente.
– Permiso de circulación vigente.
– Certificado de anotaciones vigente emitido el día del trámite. El vehículo no debe tener ni prendas ni prohibiciones de actos.

PERSONA JURÍDICA
– Permiso de circulación vigente.
– Certificado de anotaciones vigente emitido el día del trámite. El vehículo no debe tener ni prendas ni prohibiciones de actos.
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.
– Comparecencia personal de arrendatario con cédula nacional de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DÍA: certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
El contrato de arrendamiento de vehículo es un contrato en el que una persona (arrendador), se obliga a transferir temporalmente el uso a otra (arrendatario), quien a su vez se obliga a pagar un precio cierto y determinado. En caso de requerir un documento con redacción propia, puede completar el proceso y una vez en notaría indicar y exhibir dicho documento.

3. Compraventa de un vehículo motorizado

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal VENDEDOR con C.N.I. vigente.
– Comparecencia personal COMPRADOR con C.N.I. vigente
– Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes Personales Ley 18.490 VIGENTE (SOAP)
– Permiso de Circulación VIGENTE del vehículo
– Certificado de Anotaciones Vigentes de fecha de suscripción del contrato
– Certificado de Multas de fecha de la suscripción del contrato.
– Tasación fiscal del vehículo, lo que se verifica en la página web del SII. Este documento se descarga en el Oficio
– Comprobante de No Deuda de Alimentos sin anotaciones del Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos. Este documento se descarga en el Oficio a través de la plataforma de consulta del Registro de Deudores de Alimentos.
– En caso de comparecer cualquiera de las partes a través de representante, se debe exigir el mandato o poder de venta verificable electrónicamente, vigencia máxima 6 meses.
– Se firmarán 3 copias, las que deben llevar timbre de revisión aprobada

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1. SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2. SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DIA: certificado de Estatuto Actualizado.

IMPORTANTE: Verificar facultades para vender bienes de la sociedad y solicitar E-RUT SII sociedad vendedora o compradora

MARCO LEGAL
IMPORTANTE: Efectuada la venta, se debe dar una copia a las partes en orden a que puedan completar el Formulario 1816 ante SII. Debiendo posteriormente acreditar dicha situación, en orden a poder realizar la transferencia ante el Registro Civil.

4. Término de contrato de arrendamiento

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del arrendador con cédula de identidad vigente.
– Comparecencia personal del arrendatario con cédula de identidad vigente.
– Copia autorizada del contrato al que se quiere dar término.

MARCO LEGAL
Los contratos de arriendo establecen un plazo de duración, pero en ciertas circunstancias dicho plazo no puede cumplirse, por lo que se otorga la facultad al arrendatario o al arrendador de poner término anticipado a este contrato a través de un aviso ante notario de “término de contrato”.

1. Afiliación a un partido político

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Para asumir cargos determinados, se solicita la información acerca de la existencia o inexistencia de afiliación a un partido político, lo que se declarará a través de una notaría.

2. Cesantía

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

PARA EXTRANJEROS:
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad chilena expirada, con el comprobante de renovación de visa verificable electrónicamente, siempre que en tal documento se indique C.N.I.E. expirada.
– Comparecencia personal del declarante con pasaporte extranjero vigente.

MARCO LEGAL
Esta declaración bajo juramento es requerida por diferentes instituciones para el cobro de seguros, subvenciones y también para suspensiones de pago de créditos, entre otros.

3. Estado civil (dos testigos)

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal sólo de ambos testigos con cédula de identidad vigente (sin parentesco con el interesado).

El solicitante no firma la declaración. Los testigos declaran bajo juramento el estado civil del tercero. De todas formas, se debe verificar el estado civil en la página del registro civil.

MARCO LEGAL
Para diferentes trámites entre particulares, la Ley chilena exige que se declare el estado civil al momento de su realización. Una de las formas es a través de un notario, donde dos testigos mayores de 18 años sin parentesco del interesado, testifican esta calidad.

4. Expendio de alcoholes

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de quien declara con cédula nacional de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Para la venta, comercialización, renovación de patentes y otros de bebidas alcohólicas, algunas instituciones solicitan este documento donde se indica que dicha persona no se encuentra afecto ni ha actuado en contravención de las causales de inhabilidad establecidas en el Artículo 4º de la Ley 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.

5. Expensas

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

PARA EXTRANJEROS:
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad chilena expirada, con el comprobante de renovación de visa verificable electrónicamente, siempre que en tal documento se indique C.N.I.E. expirada.
– Comparecencia personal del declarante con pasaporte extranjero vigente.

IMPORTANTE: En caso de que sea hijo del declarante, debe acreditarse por éste el vínculo respectivo acompañando certificado de nacimiento de fecha de la declaración, o partida de nacimiento apostillada.

MARCO LEGAL
La declaración jurada de expensas es un documento que debe ser solicitado ante notario público y que acredita que una persona asumirá los costos de mantención en Chile de otra persona. Generalmente se utiliza por los solicitantes de residencia que son titulares, respecto de su grupo familiar, o por chilenos que tienen familiares extranjeros a los que se compromete a mantener económicamente.

6. Extravío de una citación al juzgado

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Se extiende esta declaración a fin de que el interesado lo presente en Tribunales, a fin de excusarse por inasistencia a citación judicial.

7. Extravío de licencia de conducir

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Los juzgados de policía local y municipalidades solicitan frecuentemente que se declare bajo juramento la pérdida de una licencia de conducir o carnet de conducir para la reposición de la misma.

8. Ingresos

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.
– Este documento es sólo para personas SIN contrato de trabajo. Para aquellos con contrato, solicitar certificado de antigüedad laboral.

MARCO LEGAL
Este documento deja constancia de los ingresos brutos en la labor desempeñada (puesto de trabajo).

9. Ingreso per cápita

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Este documento debe ser solicitado ante notario público para acreditar el ingreso económico familiar. Habitualmente es solicitado por la JUNAEB para solicitar la Tarjeta Nacional Estudiantil.

10. Inscripción de un carro de arrastre

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de quien declara ser dueño de carro de arrastre con cédula de identidad vigente.
– Descripción del carro de arrastre, como, por ejemplo, cantidad de ruedas, tamaño, color, material de construcción, etc.

MARCO LEGAL
Esta declaración bajo juramento es requerida por las municipalidades para realizar la inscripción de un carro de arrastre.

11. Mudanza o salvoconducto

PERSONA NATURAL
– Este salvoconducto es una declaración jurada de mudanza, SOLAMENTE autoriza para trasladarse de hogar.
– Cédula de identidad vigente del solicitante.

IMPORTANTE: Para acreditar domicilio puede acompañar:
– Copia de inscripción de dominio vigente de la propiedad a su nombre.
– Boletas de suministros básicos.

MARCO LEGAL
La Ley chilena exige que toda mudanza nacional o internacional debe estar autorizada con una declaración jurada de mudanza (salvoconducto), ya que, con la emisión de éste, se garantiza que no existe impedimento legal ni contractual para realizarla. La vigencia, desde la emisión, es de 5 días.

12. No donante

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Hoy, y en virtud de la modificación a la Ley N° 20.673 del año 2013, se entiende que toda persona mayor de 18 años es donante; y para ser no donante, se requiere una declaración jurada ante notario.

13. Permiso sin goce de sueldo

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del residente con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Un permiso sin goce de sueldo es un periodo de tiempo determinado durante el cual, el empleado no se reporta a trabajar y no gana dinero. Sin embargo, el empleado conserva su trabajo durante el permiso; eso significa que al empleado se le retienen sus prestaciones.

14. Redacción propia (texto libre con dos testigos)

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante y dos testigos mayores de edad con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Este documento es una manifestación personal escrita, en el cual el declarante asegura la veracidad de su declaración ante un Notario Público. Por lo tanto, se presume como cierto lo señalado por el declarante hasta que se pueda acreditar lo contrario.

IMPORTANTE:
– El formato al no estar verificado por la notaría, se reserva el derecho a recibirlo.
El formato debe atenerse estrictamente a los requerimientos del documento, así como a la cantidad de declarantes y sentido del mismo.

15. Residencia

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del residente con cédula de identidad vigente.

PARA EXTRANJEROS:
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad chilena expirada, con el comprobante de renovación de visa verificable electrónicamente, siempre que en tal documento se indique C.N.I.E. expirada.
– Comparecencia personal del declarante con pasaporte extranjero vigente.

MARCO LEGAL
La declaración jurada de residencia (certificado de residencia) certifica la residencia de una persona en un domicilio determinado.

16. Supervivencia

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Esta declaración bajo juramento es requerida por diferentes instituciones, para acreditar que la persona está viva.

1. Administración de un inmueble

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del propietario (persona natural) que confiere el poder con cédula de identidad vigente.
– Copia de inscripción de dominio vigente de la propiedad objeto de poder. (30 días vigencia).

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1.- SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: Certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2.- SOCIEDADES SIST EMPRESA EN UN DIA: Certificado de Estatuto Actualizado.

IMPORTANTE: Verificar facultades para administrad bienes de la sociedad y solicitar E-RUT SII sociedad que confiere poder.

MARCO LEGAL
Permite que una persona natural entregue a un tercero el poder de administración y se haga cargo del inmueble correspondiente en ausencia del dueño.

2. Alteración de vehículos o cambio de motor

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad vigente.
– Permiso de circulación vigente.
– Certificado de anotaciones vigente del día en que se firma declaración
– Certificado de Inspección visual de alguna revisión técnica que indique alteración.

IMPORTANTE: Para el caso de cambio de motor se debe acompañar factura de compra de nuevo motor con indicación del número de motor y verificar su autenticidad en página de SII. La declaración siempre se debe digitalizar con este documento.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1.- SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2.- SOCIEDADES SIST EMPRESA EN UN DIA: Certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Permite a un tercero inscribir las alteraciones de las características de un vehículo motorizado en el Servicio de Registro Civil e Identificación. NO se puede alterar el modelo, la marca, el chasis, ni el año de fabricación de un vehículo.

3. Bancario

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del quien otorga el poder con cédula de identidad vigente.
– Si el poderdante es mayor de 75 años, debe exhibir un certificado médico que indique lo siguiente: “se encuentra apto para trámites notariales, se encuentra en su sano y entero juicio pudiendo ejecutar actos jurídicos válidos”. Este certificado debe ser emitido por un médico especialista (psiquiatría, neurología o geriatría) indicar en glosa de autorización de firma que se tuvo a la vista el certificado.

IMPORTANTE: Para la administración con poderes amplios, este poder simple no es suficiente, sino que es requerido un poder por escritura pública.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1.- SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: Certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2.- SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DÍA: Certificado de Estatuto Actualizado.

 

MARCO LEGAL
El poder bancario simple permite que una persona natural o empresa entregue poder a un tercero, que también debe ser una persona natural, para que opere con poder en representación de ella ante una determinada entidad bancaria. Dentro de los poderes, se consideran operaciones simples, por ejemplo: solicitar, cobrar y percibir cheques, girar, sobregirar, cancelar, endosar cheque, letras de cambio, pagaré, depositar Vales Vistas u otros documentos mercantiles o bancarios, sean estos nominativos a la orden y/o al portador, reconocer y/o rechazar saldos e impugnarlos.

4. Cobro de finiquito

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que entrega el poder, con cédula de identidad vigente.

 

MARCO LEGAL
Otorga el poder a un tercero para poder cobrar el monto del finiquito de un trabajador.

5. Cobro de pensión

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que entrega el poder, con cédula de identidad vigente

IMPORTANTE: Para el cobro de pensión debe indicar la institución ante la cual se presentará documento.

6. Compra de un vehículo

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del mandante con cédula de identidad vigente.
– Si el mandante tiene o es mayor de 75 años, se debe exhibir un certificado médico que indique lo siguiente: “se encuentra apto para trámites notariales, se encuentra en su sano y entero juicio pudiendo ejecutar actos jurídicos válidos”. Dicho certificado debe ser emitido por un médico especialista de alguna de las siguientes especialidades: psiquiatría, neurología o geriatría.

MARCO LEGAL
El poder de compra de vehículos, permite que un tercero realice la compra del vehículo con un precio fijo autorizado (vigencia de 1 año máxima).

7. Retiro de tag

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que entrega el poder, con cédula de identidad vigente.
– Presentar el certificado de anotaciones del vehículo del día.

MARCO LEGAL
En caso que sea requerido que un tercero solicite convenio televía o TAG, es requerido un poder para dicho trámite. Este documento es un instrumento PRIVADO que permite ello.

8. Redacción propia

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que confiere el poder, con cédula de identidad vigente.
– Si el poderdante tiene o es mayor de 75 años, se debe exhibir un certificado médico que indique lo siguiente: “se encuentra apto para trámites notariales, se encuentra en su sano y entero juicio pudiendo ejecutar actos jurídicos válidos”. Este certificado debe ser emitido por un médico especialista (psiquiatría, neurología o geriatría).

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1.- SOCIEDADES SIST TRADICIONAL: Certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2.- SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DIA: Certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Una poder o mandato permite que un tercero pueda representar a otra persona en una institución dada con un fin específico, con el fin de realizar algún trámite particular. Básicamente el poder simple entrega la responsabilidad y el poder de actuar en nuestro nombre o en nombre de la persona que lo firme.

9. Retiro de un vehículo en custodia

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que entrega el poder, con cédula de identidad vigente.
– Certificado de anotaciones del vehículo del día. El vehículo debe estar SIN prendas ni prohibiciones de actos.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1.- SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2.- SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DIA: eertificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Poder para el retiro de un vehículo de custodia por un tercero.

10. Revocación de poder

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que otorgó el poder, con cédula de identidad vigente.
– Acompañar copia de poder que revoca.

11. Solicitud de placa de patente (especial)

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que confiere el poder, con cédula de identidad vigente.
– Permiso de circulación vigente.
– Certificado de anotaciones vigente del día en que se confiere poder.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1.- SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2.- SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DÍA: certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Permite entregar a un tercero la potestad para solicitar un duplicado o reemplazo de las placas patente de un vehículo ante el Registro Civil, en caso de pérdida o porque se encuentran inutilizables.

12. Solicitud de posesión efectiva de herencia intestada

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que confiere el poder, con cédula de identidad vigente.
– Si el poderdante es mayor de 75 años, se debe exhibir un certificado médico que indique lo siguiente: “se encuentra apto para trámites notariales, se encuentra en su sano y entero juicio pudiendo ejecutar actos jurídicos válidos”. Dicho certificado debe ser emitido por un médico especialista (psiquiatría, neurología o geriatría).

MARCO LEGAL
En caso de fallecimiento de una persona que no haya dejado testamento, los herederos deben solicitar ante el Registro Civil la Posesión efectiva, que les permitirá tomar posesión de los bienes del causante, y disponer de ellos luego que ésta se inscriba en el CBR respectivo. Los herederos pueden conferir un poder a un tercero o a otro de los herederos para que suscriba el formulario de posesión efectiva y lo presente ante las oficinas del Registro Civil.

13. Solicitud de trámites en el SII y otras instituciones

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal de la persona natural que confiere el poder con cédula de identidad vigente.

PERSONA JURÍDICA
– Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1.- SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: Certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2.- SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DIA: Certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
Este documento permite a una persona natural o a un representante legal entregar poder a un tercero (persona natural) para que opere con amplios poderes en representación de ella ante el SII. También podrá agregar las instituciones en las que necesite el poder (IPS ex INP, AFP, ISAPRES y MUNICIPALIDADES, también podrá agregar las instituciones en las que necesite el poder). En caso de que sean varias las instituciones las que requieren este poder especial deben indicarse al llenar el formulario de solicitud del documento separando por comas (,) a cada institución.

14. Venta de un vehículo

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal del dueño del vehículo con cédula de identidad vigente.
– Certificado de anotaciones vigentes del vehículo a vender del día que se firmará el poder.
– Vehículo SIN prenda ni prohibiciones de actos
Si el poderdante tiene o es mayor de 75 años, se debe exhibir un certificado médico que indique lo siguiente: “se encuentra apto para trámites notariales, se encuentra en su sano y entero juicio pudiendo ejecutar actos jurídicos válidos”. Este certificado debe ser emitido por un médico especialista (psiquiatría, neurología o geriatría).

PERSONA JURÍDICA
-Certificado de anotaciones vigentes del vehículo a vender del día que se firmará el poder.
-Vehículo SIN prenda ni prohibiciones de actos
-Comparecencia personal del Representante Legal (propietario) con cédula de identidad vigente.

ACREDITAR PERSONERÍA
1– SOCIEDADES SISTEMA TRADICIONAL: Certificado de vigencia de administración de la sociedad (30 días) Y Escritura de constitución o modificación con (máximo 1 año de vigencia y F.E.A.
2– SOCIEDADES SISTEMA EMPRESA EN UN DÍA: Certificado de Estatuto Actualizado.

MARCO LEGAL
El poder de venta de vehículos permite que un tercero realice la venta del vehículo con un precio fijo autorizado (vigencia máxima de 1 año).

1. Actas notariales

PERSONA NATURAL
– Cédula de identidad vigente de solicitante de acta.

MARCO LEGAL
Son documentos que contienen una relación de hechos constatados a la vista del Notario, previo requerimiento de algún solicitante, para efectos de que sea el Notario quien de fe de los hechos que percibe en un espacio determinado, generalmente fuera del lugar donde funciona el oficio, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTE SE ENCUENTRE EN LAS COMUNAS DE JURIDISCCIÓN DEL OFICIO (El Quisco y Algarrobo).

2. EMPRESA EN UN DÍA

PERSONA NATURAL
– Número de atención obtenido en el sitio TU EMPRESA EN UN DÍA (www.registrodeempresasysociedades.cl);
– Cédula de identidad vigente del(los) socio(s);
– Borrador de la escritura de la empresa en papel;
– MUJERES CASADAS EN SOCIEDAD CONYUGAL: debe constar en el documento de constitución de la empresa o sociedad que tiene la autorización del cónyuge;
– Las modificaciones de la empresa deben constar en el documento respectivo.

PERSONA JURÍDICA
– Si socio es persona jurídica, se debe acreditar personería con vigencia máxima de 6 meses, la que debe estar cargada en sistema de empresa en un día antes de concurrir a notaría.

MARCO LEGAL
– En el sitio TU EMPRESA EN UN DÍA se puede constituir una empresa en un día, de manera sencilla y sin costo. Para ello, se debe completar un formulario electrónico con los datos de la sociedad y la información de los socios que la integran, quienes podrán firmar a través de un notario, si los socios no cuentan con FEA.
– Ley Nº20.659 que simplifica el régimen de constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales.

3. Finiquito (autorización)

PERSONA NATURAL

– Comparecencia personal del trabajador con cédula de identidad vigente.

PARA EXTRANJEROS:
– Comparecencia personal del declarante con cédula de identidad chilena expirada, con el comprobante de renovación de visa verificable electrónicamente, siempre que en tal documento se indique C.N.I.E. expirada.

IMPORTANTE: SÓLO SE ACEPTARÁ FIRMAR CON PASAPORTE para causales de MUTUO ACUERDO y RENUNCIA VOLUNTARIA.
– Tres (3) copias impresas del finiquito firmado por el empleador.
– Certificado de cotizaciones previsionales al día por un período de 2 años como máximo considerando el mes anterior hasta el término de la relación laboral.
– Tres últimas liquidaciones de sueldo.

MARCO LEGAL
Este documento es conocido como finiquito, donde se deja constancia del término de la relación laboral.

IMPORTANTE:
– No se realiza custodia de documentos.
– TODO finiquito debe tener declaración de empleador según si retenía judicialmente o no la pensión de alimentos.
– Se debe dejar una copia del finiquito firmado por trabajador, del certificado de cotizaciones y de las últimas 3 liquidaciones de sueldo.

4. Fotocopia legalizada

PERSONA NATURAL
– Presentar el documento original a legalizar siempre VERIFICABLE ELECTRÓNICAMENTE.

IMPORTANTE: si el documento no es verificable, no tenemos a la vista un documento original sino solo un documento, por lo que el timbre a utilizar debe certificar “conforme documento que tuve a la vista” y no “conforme con su original”

MARCO LEGAL
Una fotocopia legalizada de un documento (títulos, pasaportes, diplomas, etc.) es un instrumento muy práctico y que posee la misma validez que el original. Es requerido para diferentes trámites o por seguridad para proteger el documento original.

5. Pagarés de instituciones (caja de compensación, bancos)

PERSONA NATURAL
– Pagaré firmado por la persona natural o jurídica correspondiente
– Fotocopia de la cédula de identidad vigente.

MARCO LEGAL
Un pagaré es el compromiso incondicional entre personas naturales o jurídicas, en el cual el suscriptor pagará al beneficiario cierta cantidad de dinero en cierta cantidad de plazo.
IMPORTANTE: verificar fechas de suplencia a la fecha de firma del pagaré respectivo.

6. Pagaré universitario

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal con cédula de identidad vigente.
– Copia impresa del pagaré (no se redactará en notaría).

MARCO LEGAL
Un pagaré universitario es el compromiso incondicional que adquiere el estudiante o su apoderado para asegurar el pago de una suma determinada de dinero en un determinado plazo.

7. Otros pagarés

PERSONA NATURAL
– Comparecencia personal con cédula de identidad vigente.
– Copia impresa del pagaré (no se redactará en notaría).

MARCO LEGAL
Este documento tiene asociado un pago de Impuestos por concepto de Timbres y Estampillas, dicho pago se deberá realizar mediante estampillas o con Formulario 24 del Servicio de impuestos Internos, dependiendo del monto. Se deja expresa constancia que el compareciente debe pagar dicho impuesto para retirar el documento legalizado.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo hacer un trámite notarial sin mi cédula de identidad?

No, siempre se deben realizar los trámites notariales con la exhibición de la cédula de identidad vigente y en buen estado. No se acepta otro documento de identificación. No es posible hacer el trámite con documentos fotocopiados, deteriorados o destruidos.

¿Qué documento de identificación deben presentar los extranjeros?

Todo extranjero que realice trámites notariales deberá hacerlo con su cédula de identidad para extranjeros vigente y en buen estado, con su pasaporte o con el documento de identificación con el que se permitió el ingreso al país. No es posible hacer el trámite con documentos fotocopiados, deteriorados o destruidos.

¿Qué puedo hacer si no puedo firmar por incapacidad física o no tengo firma en mi cédula de identidad?

Si el(los) compareciente(s) no supieren o no pudieren firmar, éste(os) podrá(n) solicitar a un tercero que firme en su lugar (firma a ruego). El compareciente que no firme dejará la impresión de su pulgar de la mano derecha al lado de esa firma a ruego.

¿Dónde puedo ver los documentos necesarios para realizar trámites notariales, tales como, transferencia de vehículo, contratos de arriendo, finiquitos, salvoconductos, etc?

En nuestra sección “Documentos Privados” puede encontrar el listado con los requisitos para realizar distintos trámites notariales. Recuerde que eventualmente se podría solicitar documentación adicional según sea el caso.

¿En esta notaría puedo realizar trámites de EMPRESA EN UN DÍA?

Sí, puede solicitar que el notario firme con F.E.A si alguno de los socios que integran la sociedad constituida por este sistema no cuentan con F.E.A.

¿Esta notaría entrega documentos con firma electrónica avanzada?

Las copias de escrituras públicas y algunos documentos privados llevan la Firma Electrónica Avanzada (F.E.A) del notario que autoriza, y se emiten en formato digital PDF con su respectivo código de verificación.

¿Qué documentos necesito para realizar una transferencia de propiedad?

En nuestra sección “Escrituras Públicas” puede encontrar el listado con los requisitos generales para la compraventa de un inmueble. Recuerde que es un listado general, y que se podría solicitar documentación adicional según sea el caso.

¿En qué institución puedo obtener cédulas de identidad, pasaportes, certificados de nacimiento, matrimonio o defunción e inscripción de vehículos motorizados?

Todos estos documentos se obtienen en el Servicio de Registro Civil e Identificación (www.registrocivil.cl).

¿Qué precio tienen las actuaciones notariales?

Los derechos que cobran las notarías se encuentran fijados en un arancel aprobado por el Ministerio de Justicia. Fundamentalmente, el monto dependerá del trámite solicitado, de su extensión y del número de copias y diligencias que se requieran. Por ello, en cada caso, al encargar un trámite se le indicará su valor para que usted decida si lo acepta o no.

¿Un documento emitido en el extranjero tiene validez legal en Chile?

Cualquier persona residente en el extranjero, sea chileno o no, puede otorgar un instrumento público o privado, respecto de actos o contratos que hayan de tener efecto en Chile. Para ello deben concurrir o al Consulado de Chile en el país o ante un notario del lugar. Una vez suscrito y entregadas las copias autorizadas del documento, este debe cumplir con el trámite de legalización o apostillado, según corresponda, ante el respectivo agente consular y Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile. Finalmente, para ser utilizado en nuestro país debe ser protocolizado en cualquier notaría.